A petición de un compañero de la Policía Municipal, adjunto una circular del Ministerio de Salud y Consumo con las características y catalogaciones de las minimotos. Hay Policías Municipales a los que les surge la duda si pueden circular por la calzada, si por la acera, a qué velocidad, si deben disponer de seguro. Leyendo la circular creo que queda claro lo referente a este apartado. Hay tres catalogaciones: Juguetes, Artículos con Fines Recreativos y Vehículo. Esta última catalogación no la he visto nunca, pero bueno, parece que existe.
INSTITUTO NACIONAL DEL CONSUMO www.coet.es
CIRCULAR COMERCIALIZACIÓN DE MINIMOTOS
Dependiendo de la naturaleza de las minimotos, en el mercado se pueden encontrar tres tipos (bien eléctricas o bien con motor de combustión):
a) Juguetes
Características:
- Minimotos para ser utilizadas por menores de 14 años
- Eléctricas con una tensión de alimentación menor o igual a 24 voltios
- Nunca podrán llevar motor de combustión
Etiquetado:
Todo el etiquetado ha de figurar en la lengua española oficial del Estado.
Debe figurar como mínimo lo siguiente:
- Marcado CE
- Identificación del fabricante o responsable (nombre y domicilio en UE)
- Tensión nominal de la pila o del acumulador
- Número de pilas o acumuladores a utilizar y forma de colocación de las mismas
- Símbolo de corriente continua, si tiene una caja de baterías
- Si llevan transformador, además:
o Potencia nominal en vatios o en VA si es superior a 25
o Símbolo de transformador para juguete
- Instrucciones de uso y montaje
- Recomendaciones y advertencias de seguridad
- Limitación de uso (indicaciones recomendadas):
o No utilización por vía pública
o No utilización en acera y demás zonas peatonales si superan la velocidad de una persona andando (aproximadamente 6 km/h)
Documentación (justificativa del marcado CE):
- Dossier técnico de fabricación en posesión del fabricante o su representante y que facilitará a efectos de control cuando sea requerido
- Certificado CE de tipo, emitido por un organismo notificado, en el caso en el fabricante no haya aplicado en su totalidad las normas armonizadas
Venta:
- En cualquier juguetería o establecimiento dedicado a la venta de juguetes
b) Artículos con fines recreativos
Características:
- Minimotos para utilización en actividades de ocio o bien deportivas (como competiciones)
- Sin límite de edad para los usuarios
- Eléctricas o bien con motor de combustión
- No destinadas a utilizarse en vías públicas
Etiquetado:
Todo el etiquetado ha de figurar en la lengua española oficial del Estado.
Debe figurar como mínimo lo siguiente:
- Sobre la minimoto, de forma clara e indeleble, una placa de características en donde se indique:
o Nombre y dirección del fabricante en la UE
o Identificación de la minimoto (modelo, serie, …)
o Características de la máquina (potencia, cilindrada, …)
o Marcado “CE”
o Año de fabricación
- Asimismo, figurará en su etiquetado las advertencias de seguridad para evitar un uso inseguro de la minimoto, que podrán ser las siguientes o frases equivalentes:
o No es un juguete
o No es un vehículo
o Características de la minimoto (eléctrica o con motor de combustión)
o No usar en vías públicas, ni en aceras ni zonas peatonales, así como tampoco en vías privadas de uso comunitario
o Para uso exclusivo en circuitos cerrados autorizados y en terrenos particulares de uso individual
o Utilizar siempre casco y otros equipos de protección individual como rodilleras y guantes
o Utilizar bajo la supervisión de un adulto (en caso de uso por menores)
o Leer atentamente las instrucciones de uso y montaje
o En su caso, el montaje ha de efectuarse por un adulto
- Con la minimoto se facilitará un manual de instrucciones en donde figuren, además de los datos de la placa de características, las condiciones previstas de utilización, de mantenimiento, de reparación, …
Documentación (justificativa del marcado CE):
- Declaración CE de conformidad, que deberá acompañar a cada minimoto comercializada y mediante la cual el fabricante o su representante en la UE certifica la conformidad de la minimoto con todos los requisitos de seguridad que debe cumplir en su condición de “máquina”. Cada minimoto debe ir acompañada con su propia declaración CE de conformidad con la
Directiva de máquinas.
- Documentación técnica en posesión del fabricante o su representante en la UE y que facilitará a efectos de control cuando sea requerido
Venta:
- En cualquier establecimiento dedicado a la venta de artículos deportivos
- No podrán venderse en jugueterías o en secciones de juguetes de otros establecimientos para evitar confusión con juguetes
Uso:
- Exclusivo en circuitos cerrados autorizados y en terrenos particulares de uso individual
- No permitidas en vías públicas
- No permitidas en aceras, ni zonas peatonales, tampoco en vías privadas de uso comunitario
Otros requisitos:
- Además de cumplir los requisitos establecidos en la normativa aplicable, las minimotos con fines recreativos deberán atenerse a las normas establecidas por los circuitos particulares por los que puedan circular y si se utilizan para competición deberán cumplir los requisitos que impongan las federaciones que regulen dichas competiciones
c) Vehículos
Serán considerados como ciclomotores o motocicletas
Características:
- Minimotos para utilización en vías públicas
- Edad mínima de utilización 14 años (según código de circulación)
- Eléctricas o bien de motor de combustión
Ciclomotores
- Velocidad máxima hasta 45 km/h
- Cilindrada menor o igual a 50 cc (motor encendido chispa)
- Potencia menor o igual a 4 kw (motor eléctrico o diesel)
Motocicletas
- Velocidad superior a 45 km/h y/o
- Cilindrada mayor que 50 cc (motor encendido chispa)
- Potencia mayor que 4 kw (motor eléctrico o diesel)
Condiciones de comercialización:
- Las establecidas para todo vehículo de utilización en vía pública
Documentación:
- Documentos de homologación del vehículo para su circulación por vía pública según la Directiva 2002/24/CE.
Venta:
- En establecimientos autorizados para la venta de vehículos.